Nombre: Costa Bahía Chetumal
Norte Identificador: Tu-63
Política: Conservación

Usos
Predominante Compatibles
Turismo, Agroforestería, Apicultura, Ecoturismo, Manejo de flora y fauna, Pesca, Silvicultura,

Condicionados Incompatibles
Agricultura, Caza, Forestal, Ganadería, Acuacultura, ANP, Aprovechamiento acuífero, Asentamiento humano, Centro de poblacion, Corredor natural, Equipamiento, Extracción
pétrea, Industria, Infraestructura,

Criterios
TA Turismo Alternativo 01, 02
Pe Pesca
Ma Marinas 03, 04
CG Campos de Golf 02
Den Densidades 01, 02, 03, 04, 08
BM Bancos de Material 04, 08
Man Manglares 01, 03, 04
Gan Ganadería 02
Acu Acuicultura
ZFMT ZoFeMaT 01, 02, 03, 04
Fa Fauna 02, 03, 06
MRS Manejo de Residuos Sólidos 01, 04, 05, 06, 07, 08, 09
MRL Manejo de Residuos Líquidos 01, 02, 03, 04, 05, 06
Agr Agricultura 01
Flo Flora 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11
Urb Áreas urbanas 01, 03
Ind Industria 04, 05
CyC Carreteras y Caminos 01, 02, 03, 04, 05, 06
IBS Infraestructura Básica y de Servicios 01, 03
Cons Construcción 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16
AA Aprovechamiento del Acuífero 02, 05
CoCo Control de la Contaminación 01, 03
ANP Áreas Naturales Protegidas
ZLC Zona Litoral y Costera 01, 02, 03, 04
AN Actividades náuticas 03
UMA UMA
Ecoex Ecosistemas excepcionales 01


Criterios de Ordenación

Criterios Generales
01.        No se permite la extracción de flora y fauna acuática en cenotes, excepto para fines de investigación autorizados por la SEMARNAT.
02.        El uso y aprovechamiento de dolinas, cenotes y cavernas estará supeditado a una evaluación de Impacto Ambiental que incluya estudios geológicos, hidrológicos y
ecológicos que determinen el nivel de aprovechamiento.
03.        No se permite modificar o alterar física o escénicamente el interior de dolinas, cenotes y cavernas.
04.        Las actividades recreativas asociadas a cenotes deberán contar con un reglamento que minimice impactos ambientales hacia la flora, fauna y formaciones geológicas.
05.        Se prohíbe el desmonte, despalme y modificaciones a la topografía en una distancia menor de 50 m alrededor de los cenotes, dolinas o cavernas, así como el dragado,
relleno, excavaciones o ampliaciones.
06.        Se prohíbe la remoción de la vegetación acuática nativa.
07.        Se prohíbe la quema a cielo abierto de residuos sólidos.
08.        No se permite la disposición de materiales derivados de obras, excavaciones o rellenos sobre la vegetación nativa.
09.        La disposición de baterías, acumuladores, plaguicidas y fertilizantes así como sus empaques y envases, deberá cumplir con lo dispuesto en la LGEEPA en materia de
residuos peligrosos.
10.        Se prohíbe enterrar los desechos sólidos provenientes de asentamientos humanos.
11.        Los actuales tiraderos a cielo abierto deberán cumplir con la NOM-083-SEMARNAT-1996.
12.        Se promoverá el composteo de los desechos orgánicos, para su utilización como fertilizantes orgánicos degradables en las áreas verdes.
13.        Se prohíbe la quema de corral o traspatio de desechos sólidos (basuras).
14.        Las casas habitación que no puedan conectarse al drenaje, deberán contar con una fosa séptica para disponer de las aguas residuales propias.
15.        Toda emisión de aguas residuales deberá cumplir con la NOM-001-SEMARNAT-1996.
16.        No se permite la descarga directa de ningún tipo de drenaje en los cuerpos de agua y humedales.
17.        En los asentamientos humanos menores de 500 habitantes se deberán dirigir las descargas de aguas residuales hacia sistemas alternativos para su manejo.
18.        La extracción de agua en los pozos artesianos deberá sustentarse mediante los estudios que solicite la autoridad competente y deberá monitorearse constantemente
la conductividad del agua para evitar la sobreexplotación (intrusión salina).
19.        Se promoverá en las áreas urbanas, turísticas o casas habitación la instalación de infraestructura para la captación del agua de lluvia.
20.        Los estudios o manifestaciones de impacto ambiental que se requieran, deberán poner especial atención en el ahorro, el abasto del recurso agua y las medidas de
prevención de contaminación al manto freático.
21.        Se debe dar preferencia a la rehabilitación de terracerías existentes en lugar de construir nuevas.
22.        En el mantenimiento de los laterales del derecho de vía sólo se permite el aclareo manual. (Ver glosario).
23.        En la restauración de bancos de préstamo de material pétreo se deberá asegurar el desarrollo de la vegetación plantada y en su caso se repondrán los ejemplares que
no sobrevivan
24.        En la restauración de bancos de préstamo de material pétreo la reforestación deberá llevarse a cabo con una densidad mínima de 1000 árboles por ha.
25.        En la restauración de bancos de préstamo de material pétreo la reforestación podrá incorporar ejemplares obtenidos del rescate de vegetación del desplante de los
desarrollos turísticos, industriales o urbanos.
26.        No se permite la utilización de las palmas Thrinax radiata (chit), Pseudophoenix sargentii (palma kuka), Coccotrinax readii (nakas), como material de construcción,
excepto aquellas que provengan de UMAS autorizadas.
27.        El uso del manglar estará sujeto a las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, NOM-022-SEMARNAT-2002 y la Ley General de
Vida Silvestre.
28.        Los viveros deberán contar con el registro de la SEMARNAT y la anuencia de Sanidad Vegetal.
29.        Se recomienda promover la introducción de variedades de coco resistente al amarillamiento letal.
30.        El aprovechamiento de leña para uso doméstico deberá sujetarse a lo establecido en la NOM-012-SEMARNAT-1996.
31.        No se permite el establecimiento de nuevos centros de población, mientras no exista un Programa de Desarrollo Urbano debidamente aprobado.
32.        El establecimiento de nuevos centros de población estará sujeto a manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Regional.
33.        Se recomienda la utilización de fertilizantes orgánicos biodegradables en áreas verdes, jardinadas y campos de cultivo.
34.        Las actividades recreativas especializadas que se realicen, deberán ser supervisadas por un guía certificado. (Ver glosario).
35.        Deberá evitarse el uso de sustancias químicas que contengan compuestos organoclorados, carbamatos o metales pesados.
36.        Se prohíbe la extracción, captura o comercialización de especies de flora y fauna incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001.
37.        El aprovechamiento de aguas subterráneas, no deberá rebasar el 15% del volumen de recarga del acuífero y garantizará la no intrusión salina.
38.        En los sitios arqueológicos, solo se permitirá desmontar la cobertura vegetal necesaria para la restauración, mantenimiento y uso del sitio.
39.        En las zonas arqueológicas sólo se permite la construcción de obras, infraestructura o desarrollos avalados por el INAH.
40.        El uso (aplicación, control, almacenamiento) y desechos de compuestos, organofosforados, fosfatos o nitrogenados (pesticidas y fertilizantes), deberán apegarse a la
normatividad aplicable, y a las consideraciones de la Guía de Plaguicidas Autorizados de Uso Agrícola vigente, y demás lineamientos que señale la Comisión Intersectorial
para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICLOPLAFEST)
41.        Solo se permite la captura de mamíferos acuáticos para fines de reproducción e investigación, previa autorización especial de SEMARNAT.
42.        Se prohíbe la desecación, dragado, y relleno de humedales y cuerpos de agua.
43.        Las aguas residuales tratadas que vayan a ser reutilizadas en servicios públicos deberán cumplir con las especificaciones de la NOM-003-SEMARNAT-1997.
44.        Los desechos de las construcciones o demoliciones (envases, empaques, cemento, cal, pintura, aceites, bloques, losetas, herrería y cancelería, etc.) deberán manejarse
apropiadamente y disponerse, en los sitios designados por la autoridad correspondiente.
45.        Los materiales calificados como no permanentes tales como, la palma chit, madera para la construcción de muelles, etc., deberá provenir de UMA's, ejidos o fuentes
con autorización de explotación vigente al momento de la compra.
46.        Para las actividades de pesca tanto comercial como deportiva no se permite el uso de redes.
47.        En la construcción de instalaciones e infraestructura turística, urbana, de comunicaciones y de servicios, se deberá considerar la erosión y la alta probabilidad de
incidencia de fenómenos hidrometeorológicos para calcular la resistencia necesaria de la infraestructura, su programa de mantenimiento, las acciones de prevención y
corrección necesarias ante dichos fenómenos así como los programas de contingencia correspondientes.
48.        Para la edificación de cualquier infraestructura se deberá dar preferencia a la utilización de materiales de la región.
49.        La cimentación de las construcciones no debe interrumpir la circulación del agua subterránea.


Criterios específicos de aplicación diferencial a las UGA’s

Turismo Alternativo

TA-01         La superficie no ocupada por la infraestructura turística podrá ser empleada para actividades de turismo alternativo y observación de la naturaleza que no
requieran la construcción de infraestructura.

TA-02         Para llevar a cabo actividades recreativas, científicas o de turismo alternativo, deberá elaborarse un programa de manejo.

Pesca - No aplica

Marinas

MA-03         La instalación de marinas estará sujeta a la autorización en materia de impacto ambiental. La Manifestación de Impacto Ambiental deberá incluir los estudios
específicos sobre: Levantamientos de secciones de playa o costa, Levantamiento Batimétrico y Estudio de Caracterización de la Diversidad Biológica. Los desarrollos en
unidades cuya costa sea marina deberán presentar además los estudios sobre: Transporte Litoral y Estudio de Mareas.

MA-04         La instalación de marinas deberá garantizar la calidad del agua y el mantenimiento de los procesos de transporte litoral.

Campos de Golf

CG-02         Se prohíben los campos de golf.

Densidades

Den-01         El número total de cuartos que es posible construir en un predio, se obtiene al multiplicar la densidad (cuartos por hectárea) asignada a la unidad de gestión
ambiental en donde se encuentra el predio por la superficie total del mismo (hectáreas).

Den-02         La densidad no podrá transferirse entre UGA´s ni entre predios

Den-03         Se considera equivalente dos y medio cuartos de hotel con una vivienda residencial turística

Den-04         La cuantificación del total de cuartos por predio incluye los cuartos hoteleros y las habitaciones del personal de servicio.

Den-08         Los desarrollos turísticos establecidos en ésta área no excederán una densidad de 10 cuartos por hectárea.

Bancos de Material

BM-04         No se permite la extracción de arenas y materiales calizos no consolidados.

BM-08         No se permite el uso de bancos de extracción de material como rellenos sanitarios.

Manglares

Man-01 Los caminos que se construyan sobre manglares deberán de realizarse sobre pilotes, en concordancia con lo dispuesto en la NOM-022-SEMARNAT-2003.

Man-03 Durante los meses de agosto y septiembre se deberán restringir las actividades en las zonas de manglar como medida de protección a las especies de cangrejo azul
(Gecarcinus sp.), cangrejo violinista (Uca sp.) y biota asociada a los manglares en su periodo reproductivo.

Man-04 Se permite el uso ecoturístico del manglar y los humedales para la contemplación de la naturaleza, paseos fotográficos y senderismo.


Ganadería

Gan-02 Se prohíbe la actividad ganadera en centros urbanos y turísticos.

Acuicultura – No aplica

ZOFEMAT

ZFMT-01 El ancho de los accesos vehiculares a la zona costera deberá tener como máximo 20 m incluyendo el derecho de vía.

ZFMT-02 En la realización de cualquier obra o actividad, deberá evitarse la obstrucción de los accesos actuales a la Zona Federal Marítimo Terrestre.

ZFMT-03 En la Zona Federal Marítima Terrestre sólo se permite la construcción de estructuras temporales, como palapas de madera o asoleaderos.

ZFMT-04 Todo proyecto de desarrollo en la zona costera, deberá contar con accesos públicos a la zona federal marítimo terrestre.

Fauna

Fa –02        Las actividades que se realicen deberán poner énfasis en causar el menor impacto posible a poblaciones de especies incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Fa-03         Los desarrollos turísticos y habitacionales deberán garantizar la permanencia del hábitat y las poblaciones de cocodrilos (Crocodilus morelleti y Crocodilus
acutus).

Fa-06         Sólo se permite la caza y comercio de fauna silvestre dentro de unidades de conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre (UMAS).

Manejo de Residuos Sólidos

MRS-01 Los asentamientos humanos y desarrollos turísticos deberán contar con un programa integral de reducción, separación y disposición final de desechos sólidos.

MRS-04  Los asentamientos humanos deberán contar con infraestructura para el acopio y manejo de desechos sólidos

MRS-05 Se deberá contar con áreas acondicionadas para almacenar temporalmente la basura inorgánica, para posteriormente trasladarla al sitio de disposición final.

MRS-06 Los campamentos de construcción deberán contar con un sistema de colección de desechos sanitarios y sólidos para su posterior disposición en áreas autorizadas por
el Municipio.

MRS-07 Se prohíbe la ubicación de rellenos sanitarios. En su lugar se promoverá la utilización de tecnologías alternativas para el manejo y disposición de la basura.

MRS-08 El manejo de los residuos biológico infecciosos se sujetará a lo dispuesto en la NOM-SEMARNAT-SSA1-2002.

MRS-09 No se permite la quema de desechos vegetales producto del desmonte.

Manejo de Residuos Líquidos

MRL-01 La construcción de obras e infraestructura para el drenaje pluvial deberá contemplar el máximo histórico de tormentas para la zona.

MRL-02 Toda obra urbana, suburbana y turística deberá contar con drenaje pluvial y sanitario separados.

MRL-03 Las plantas de tratamiento de aguas servidas deberán contar con un sistema que considere la estabilización, desinfección y disposición final de lodos de acuerdo con
las disposiciones de la NOM-004-SEMARNAT-2002.

MRL-04 Se prohíbe la descarga de drenaje sanitario y desechos sólidos sin tratamiento en los cuerpos de aguas y zonas inundables.

MRL-05 Queda prohibida la construcción de pozos de absorción para el drenaje doméstico como sistema único de tratamiento.

MRL-06 Los desechos sólidos, el agua de sentinas y de los sistemas sanitarios de las embarcaciones sólo se dispondrán en muelles y marinas, mismos que contarán con el
equipamiento de recepción, para su traslado a los sitios de tratamiento y disposición final.

Agricultura

Agr-01 En la preparación del terreno para las actividades agrícolas se deberá usar el método tumba, roza y pica, queda estrictamente prohibida la utilización del fuego.

Flora

Flo-01 El aprovechamiento de los recursos forestales estará supeditado a un Programa de Manejo aprobado por la SEMARNAT.

Flo-02 Se deberá establecer por lo menos un vivero previo a la etapa de construcción o desarrollo del proyecto para el acopio, rescate y reproducción de la vegetación nativa,
misma que sera utilizado en reforestación, áreas jardinadas y en su caso restauración.

Flo-03 Las áreas donde se mantenga la vegetación nativa dentro de los predios que sean empleados para la creación de desarrollos turísticos, estarán sujetas a conservación,
mantenimiento y en su caso restauración, las que serán responsabilidad de los promoventes del desarrollo.

Flo-04 Las unidades de producción forestal deberán contar con un programa de manejo autorizado por la SEMARNAT a través de la evaluación de Impacto Ambiental
correspondiente, que deberá garantizar la permanencia de corredores faunísticos. Además, se deberán crear viveros para la reproducción y propagación de las especies
sujetas al aprovechamiento forestal.

Flo-05 El aprovechamiento de las hojas de las palmas Thrinax radiata (chit), Pseudophoenix sargentii (palma kuka), Coccotrinax readii (nakas), Chamaedorea seifrizii (xiat),
Beaucarnea ameliae (despeinada) y demás plantas silvestres sólo se permitirá en las unidades de conservación, manejo y aprovechamiento de la vida silvestre (UMAS),
autorizadas por la SEMARNAT.

Flo-06 La decisión de la forma y tipo de reforestación en las áreas de conservación y protección, después de fenómenos naturales como fuego o ciclones y los antropogénicos,
quedará a cargo de la SEMARNAT.

Flo-07 Los proyectos a desarrollar deberán garantizar la conectividad de la vegetación natural entre las colindancias de los predios para asegurar la permanencia y
continuidad de las comunidades y poblaciones naturales y endémicas del área así como la posibilidad de movilización de la fauna silvestre. Esta vegetación deberá estar
distribuida en una retícula en todo el predio.

Flo-08 Previo al desmonte para la construcción de obras de ingeniería, se deberá llevar a cabo el rescate de ejemplares de flora y fauna susceptibles de ser reubicados. Una
vez terminadas las obras, se deberán reforestar aquellas áreas afectadas por el proceso de construcción, (derechos de vías, caminos laterales, etc.), usando únicamente
especies nativas, por lo que queda prohibido, para esta actividad, el uso del pino de mar (Casuarina equisetifolia), framboyán (Delonix regia), tulipán
africano (Spathodea campanulata) y almendro (Terminalia cattapa).

Flo-09 El trazo de las nuevas vialidades deberá respetar los árboles de al menos 30 cm de diámetro en concordancia con la evaluación de impacto ambiental correspondiente.

Flo-10 Se promoverá la erradicación de las plantas exóticas perjudiciales a la flora nativa, particularmente el pino de mar (Casuarina equisetifolia), framboyán (Delonix
regia), tulipán africano (Spathodea campanulata) y almendro (Terminalia cattapa). Se restablecerá la flora nativa.

Flo-11 Exclusivamente para áreas verdes jardinadas se permite el uso de especies exóticas cuya capacidad de propagación natural esté suprimida.(consultar lista en anexos)

Áreas Urbanas

Urb-01 Podrán establecerse estaciones de servicios relacionados con hidrocarburos (gasolineras), debiendo cumplir con la Reglamentación de Franquicias Tres Estrellas
establecida por Petróleos Mexicanos (PEMEX).

Urb-03 En áreas jardinadas públicas y privadas se emplearán plantas nativas, el uso de especies exóticas se restringirá a aquellas cuya capacidad de propagación natural
esté suprimida. (Ver listado anexo "Especies Exóticas")

Industria

Ind-04 No se permitirá la instalación de industrias cementeras, bloqueras o similares.

Ind-05 No se permiten las instalaciones de infraestructura de la industria petroquímica, así como los depósitos de combustibles.

Carreteras y Caminos

CyC-01 Los caminos que se realicen sobre zonas inundables deberán construirse de tal forma que garanticen los flujos hidrodinámicos así como la integridad de los corredores
biológicos.

CyC-02 En las vialidades que atraviesan zonas de conservación o protección, deben existir reductores de velocidad y señalamientos de protección de la fauna.

CyC-03 En la construcción o rehabilitación de caminos costeros deberán utilizarse materiales que permitan la filtración de agua al subsuelo.

CyC-04 Los caminos de acceso al cuerpo de agua deberán ser evaluados y aprobados a partir de la correspondiente Manifestación de Impacto Ambiental.

CyC-05 En las orillas de caminos rurales, más allá del derecho de vía, no se permite el derribe de árboles y arbustos.

CyC-06 Los taludes y bordes en caminos se deberán estabilizar con vegetación nativa.

Infraestructura Básica y de Servicios

IBS-01 Las subestaciones eléctricas deberán situarse fuera de los asentamientos humanos y observar las normas establecidas por la Comisión Federal de Electricidad.

IBS-03 Se permite la instalación de infraestructura básica y de servicios, previa autorización en materia de impacto ambiental.

Construcción

Cons-03 Se permite la construcción de vivienda residencial turística.

Cons-04 Todo desarrollo deberá conservar el 60% de la superficie total del terreno en estado natural.

Cons-05 Cualquier abandono de actividad deberá presentar al menos con tres meses de anticipación, un programa de restauración de sitio.

Cons-06 En los proyectos de desarrollo deberá dejarse una franja mínima de 20m de amortiguamiento con vegetación sin desmontar alrededor de los ecosistemas
excepcionales. Se consideran como ecosistemas excepcionales: manglares, selva bien y medianamente conservada, playas, duna, cenotes, cavernas, rejolladas, etc. (articulado
de LEEGEPA)

Cons-07 En la planeación de zonas turísticas y urbanas colindantes con zonas de protección, deberá contemplarse un área de amortiguamiento de al menos 20m de ancho a lo
largo de la colindancia.

Cons-08 En áreas sujetas a inundaciones, la infraestructura deberá construirse sobre pilotes, garantizando el flujo laminar del agua.

Cons-09 Para toda obra que se realice deberán tomarse las medidas preventivas o correctivas necesarias para el manejo y la disposición de grasas, aceites, emisiones
atmosféricas, hidrocarburos y ruido provenientes de la maquinaria en uso en las etapas de preparación de sitio, construcción y operación.

Cons-10 Al finalizar la obra deberá removerse el campamento y sus componentes.

Cons-11 El almacenamiento y manejo de materiales de construcción deberá evitar la dispersión de polvos fugitivos.

Cons-12 Los campamentos de construcción deberán contabilizarse en la superficie total de desplante del proyecto, ubicados preferentemente en áreas perturbadas como
potreros y acahuales jóvenes, nunca sobre humedales o zona federal marítimo terrestre.

Cons-13 Las edificaciones en las zonas costeras no deberán rebasar los 20 metros de altura desde el nivel de terreno natural. Se exceptúan de este criterio los faros.

Cons-14 Los proyectos sólo podrán desmontar las áreas destinadas a la construcción y vías de acceso en forma gradual de conformidad al avance del mismo.

Cons-15 Las edificaciones en las zonas no costeras que excedan las 2 plantas o los 10 metros de altura, deberán sustentarse en estudios específicos de características
físicas del suelo y el potencial de disolución cárstica.

Cons-16 Se prohíbe la obstrucción y modificación de escurrimientos pluviales

Aprovechamiento Acuífero

AA-02 Para el aprovechamiento extractivo de los acuíferos se deberán presentar los estudios relacionados con la demanda, abasto, calidad de agua y el impacto ambiental
causado por la explotación.

AA-05 No se permite captación de agua subterránea para la transferencia de esta unidad a otra.

Control de Contaminación

CoCo-01 Se deberá captar y recuperar los aceites, grasas, combustibles y otro tipo de hidrocarburos vertidos en el agua para su reciclamiento o disposición final.

CoCo-03 Sólo se permite el uso de bronceadores y bloqueadores solares de tipo biodegradable.

Áreas Naturales Protegidas – No aplica

Zona Litoral y Costera

ZLC-01 Las acciones tendientes a establecer medidas para el control de la erosión en la zona costera estarán sujetas a autorización en materia de impacto ambiental.  

ZLC-02 No se permiten los dragados, espigones, la apertura de canales o cualquier obra o acción que modifique el contorno del litoral.

ZLC-03 Se permite la construcción de muelles ó atracaderos, piloteados o flotantes, solamente con materiales temporales y autorizados por la SEMARNAT y SCT. La
Manifestación de Impacto Ambiental deberá incluir los estudios específicos sobre: Levantamientos de secciones de playa o costa, Levantamiento Batimétrico y Estudio de
Caracterización de la Diversidad Biológica. Los desarrollos en unidades cuya costa sea marina deberán presentar además los estudios sobre: Transporte Litoral y Estudio de
Mareas.

ZLC-04 No se permitirá la remoción de la vegetación acuática de lagunas, ríos y zona federal marítimo terrestre.


Actividades Náuticas

AN-03 Para todas las actividades náuticas, los promotores deberan elaborar reglamentos de operación que minimicen los impactos ambientales. Dichos reglamentos seran
sancionados por la SEDUMA.

UMA – No aplica

Ecosistemas excepcionales

Ecoex-01 Queda prohibida la construcción de infraestructura en ecosistemas vulnerables o de alto valor escénico, cultural o histórico que se localicen en las áreas
destinadas al desarrollo turístico y urbano.


Listado florístico de especies nativas y cultivadas recomendadas para uso ornamental; y, especies exóticas no recomendadas para uso ornamental.

Especies nativas que pueden ser empleadas en la ornamentación

NOMBRE LOCAL         NOMBRE CIENTIFICO                         FAMILIA                 FORMA DE VIDA
Akitz                         Thevetia gaumeri                         Apocynaceae                 Arbusto
Akitz amarillo                 Thevetia peruviana                         Apocynaceae                 Arbusto
Anacahuite                 Cordia sebestena                         Boraginaceae                Arbusto
Balche                         Lonchocarpus punctatus                 Fabaceae                 Arbusto
Boon                         Sabal mexicana                         Arecaceae                 Árbol
Ceiba                         Ceiba pentandra                         Bombacaceae                 Árbol
Colorín                         Erythrina standleyana                         Fabaceae                 Arbusto
Chaka roja                 Bursera simaruba                         Burseraceae                 Árbol
Chit                         Thrinax radiata                                 Arecaceae                 Árbol
Choy                         Cochlospermum vitifolium                 Cochlospermaceae         Árbol
Despeinada                 Beaucarnea ameliae                         Nolinaceae                 Árbol
Habin                         Piscidia piscipula                         Fabaceae                 Árbol
Huano                         Sabal japa                                 Arecaceae                 Árbol
Katalox                 Swartzia cubensis                         Fabaceae                 Árbol
Kitinche                 Caesalpinia gaumeri                         Fabaceae                 Árbol
Kuka                         Pseudophoenix sargentti                 Arecaceae                 Árbol
Maculix                 Tabebuia rosea                         Bignoniaceae                 Árbol
Nacax                         Coccothrinax readii                         Arecaceae                 Árbol
Pich                         Enterolobium cyclocarpum                 Fabaceae                 Árbol
Pochote                 Ceiba aesculifolia                         Bombacaceae                 Árbol
Ramón                         Brosimum alicastrum                         Moraceae                 Árbol
Roble                         Erhetia tinifolia                                 Boraginaceae                 Árbol
Siricote                 Cordia dodecandra                         Boraginaceae                 Árbol
Tasiste                         Acoelorhaphe whighii                         Arecaceae                 Árbol
Takinche                 Caeslapinia yucatanensis                 Fabaceae                 Árbol
Tsutsuk                 Diphysa carthagenesis                         Fabaceae                 Árbol
Tu ha che                 Senna atomaria                         Fabaceae                 Arbusto
Tzalam                         Lysiloma latisiliqua                         Fabaceae                 Árbol
Uva de mar                 Coccoloba uvifera                         Polygonaceae                 Árbol
Xcanlol                         Tecoma stans                                 Bignoniaceae                 Arbusto
Xiat                         Chamaedorea seifrizii                         Arecaceae                 Arbusto


Especies cultivadas que pueden ser empleadas en la ornamentación

NOMBRE COMÚN         ESPECIE                                 FAMILIA                 FORMA DE VIDA

Acalifa                         Acalypha wilkesiana                         Euphorbiaceae                 Arbusto
Aralia                         Polyscias guilfoylei                         Araliaceae                Arbusto
Árbol del pulpo                 Brassaia actinophylla                         Araliaceae                 Arbusto
Areca                         Chrysalidocarpus lutescens                Arecaceae                 Arbusto
Bambú                         Bambusa sp.                                 Gramineae                 Arbusto
Bandera                 Caladium bicolor                         Araceae                 Herbácea
Belladona                 Kalanchoe pinnata                         Crassulaceae                 Herbácea
Clavel de la India         Tabernaemontana coronaria                 Apocynaceae                 Arbusto
Cocinera                 Ixora coccinea                                 Rubiaceae                 Arbusto
Coco                         Cocos nucifera                                 Arecaceae                 Árbol
Cola de gato                 Acalypha hispida                         Euphorbiaceae                 Arbusto
Coralillo                 Russelia equisetiformis                        Scrophulariaceae         Herbácea
Croto                         Codiaeum variegatum                         Euphorbiaceae                 Arbusto
Difembaquia                 Dieffenbachia picta                         Araceae                 Herbácea
Dracena ·                Dracaena marginata                         Liliaceae                 Arbusto
Espárrago ·                Aspargus sprengeri                         Liliaceae                 Herbácea
Galán de noche         Cestrum diurnum                         Solanaceae                 Arbusto
Hawaiana                 Ixora macrothyrsa                         Rubiaceae                 Arbusto
Lechosa                 Pedillanthus tithymaloides                 Euphorbiaceae                 Herbácea
Lengua de suegra         Sanseviera trifasciata                         Liliaceae                 Herbácea
Lirio                         Hymenocallis littoralis                         Amaryllidaceae                 Herbácea
Llamarada                 Cordolyne terminalis                         Liliaceae                 Arbusto
Mafafa                         Xanthosoma roseum                         Araceae                 Herbácea
Maguey morado         Rhoeo discolor                                 Commelinaceae         Herbácea
Naranja agria                 Citrus ariantum                                 Rutaceae                 Árbol
Novia en barco                 Setcreasea purpurea                         Commelinaceae         Herbácea
Oleander                 Nerium oleander                         Apocynaceae                 Arbusto
Palma caribeña         Veitchia merrillii                         Arecaceae                 Árbol
Palma real                 Washingtonia filifera                         Palmae                 Árbol
Palmita                 Zamia purpurascens                         Cycadaceae                 Herbácea
Platanillo                 Canna edulis                                 Canaceae                 Herbácea
Teléfono                 Scindapsus aureus                         Araceae                 Trepadora
Tulipán                         Hibiscus rosa sinensis                        Malvaceae                 Arbusto
Yuca                         Yucca elephantipes                         Liliaceae                 Arbusto


Especies no recomendadas para su uso en labores de ornamentación

NOMBRE COMÚN         ESPECIE                                 FAMILIA                 FORMA DE VIDA

Tulipán africano         Spathodea campanulata                 Bignoniaceae                 Árbol
Laurel de la India         Ficus benjamina                         Moraceae                 Árbol
Almendro                 Terminalia cattapa                         Combretaceae                 Árbol
Pino de mar                 Casuarina equisetifolia                         Casuarinaceae                 Árbol
Framboyan                 Delonix regia                                 Fabaceae                 Árbol


Glosario de términos para el programa de ordenamiento ecológico territorial de la región laguna de Bacalar

Acceso Vehicular: Estructura que permite el paso de los vehículos hacia algún sitio determinado. Entrada.

Aclareo: Labor efectuada a mano o mecánicamente que consiste en quitar el exceso de plantas nacidas en un cultivo, con el objeto de ayudar al desarrollo de las restantes.
Hacer claros, interrumpir la continuidad de los estratos de vegetación arbórea o arbustiva e incluso en hojas, ramas o frutos.

Actividades Acuático-Recreativas: Las actividades que se realizan en la zona marina con fines de esparcimiento, para la práctica de deportes de playa, acuáticos y
subacuáticos, pudiendo emplear vehículos motorizados o no motorizados. Los más frecuentes son: el buceo libre, el buceo autónomo, snorkeling, fotografía y videograbación
acuática, así como paseos en wave runner, bananas, sky acuático, en lancha, kayak, etc.

Actividad Porcícola: Lo que está relacionado con la cría y explotación del cerdo.

Actividades turísticas: Acción de viajar por placer, deporte o instrucción mediante la Organización de los medios conducentes a facilitar estos viajes. Se incluyen entre
éstas a los servicios de hospedaje, alimentos, visitas

Actividades Recreativas Especializadas: Son aquellas que requieren de cierto conocimiento y entrenamiento. Se refiere a actividades que se llevarán a cabo en sitios donde
exista presencia de especies o ecosistemas bajo algún estatus de protección. Esto es en los arrecifes coralinos; fenómenos naturales (desove, migración, apareo, etc);
durante la anidación de tortugas; en las áreas de mar donde hay afloramiento de agua; en la vegetación de mangles o chitales; recorridos por accidentes fisiográficos, visitas
a ecosistemas o a actos relevantes de carácter cultural o religioso que requieran de personas entrenadas en el conocimiento o práctica del servicio.

Acuífero: Depósito de subterráneo estático o dinámico de agua.

Aguas Aceitosas: Son los desechos líquidos provenientes de las zonas de almacenamiento y despacho de combustibles, cuando exista la posibilidad de algún derrame. Son
ejemplos de esto el lavado y lubricación de máquinas, depósitos o vehículos, etc.

Aguas Grises: Corresponden a los desechos líquidos de aguas jabonosas, con carga de detergentes a base de fosfatos.

Aguas Negras: Son los desechos líquidos y sólidos provenientes de los sanitarios y del drenaje sanitario.

Agricultura: Arte de cultivar la tierra para obtener de ella plantas de diversas especies y variedades útiles, para su alimentación y la de sus animales domésticos o como
materias primas de otros procesos.

Agricultura Extensiva: Agricultura que se caracteriza por realizarse en grandes extensiones de tierra, con baja inversión de capital, y que genera escaso empleo de mano de
obra por unidad de superficie cultivada.

Agricultura Intensiva: Agricultura que utiliza tecnologías y grandes inversiones de capital por unidad de superficie cultivada; obtiene altos rendimientos debido a la
mecanización del proceso productivo y al empleo de técnicas modernas que incluye entre otros, el uso de fertilizantes y semillas mejoradas, sistemas de riego, etc.

Aguas de Uso Agrícola: La utilización de aguas nacionales destinadas a la producción agrícola, y su preparación para la primera enajenación, siempre que los productos no
hayan sido objeto de transformación industrial.

Aguas de Uso Agroindustrial: La utilización de agua nacional para la actividad de transformación industrial de los productos agrícolas y pecuarios.

Aguas de Uso Doméstico: Para efectos del artículo 3°., fracción XI de la "Ley de Aguas Nacionales", es la utilización de agua nacional destinada al uso en el hogar, riego de
jardines y de árboles de ornato, incluyendo abrevaderos de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa.

Aguas de Uso Industrial: La utilización de agua nacional en fábricas o empresas que realicen la extracción, conservación o transformación de materias primas o minerales, el
acabado de productos o la elaboración de satisfactores, así como la que se utiliza en parques industriales, en calderas, en dispositivos para enfriamiento, lavado, baños y
otros servicios dentro de la empresa, las salmueras que se utilizan para la extracción de cualquier tipo de sustancias y el agua aún en estado de vapor, que sea usada para la
generación de energía eléctrica o para cualquier otro uso o aprovechamiento de transformación.

Aguas de Uso Urbano: La utilización de agua nacional para centros de población o asentamientos humanos, a través de la red municipal.

Aguas Residuales: Son las aguas que han sido usadas para alguna actividad productiva o para consumo humano, y que no pueden ser reutilizadas, sin tratamiento previo.
Contienen residuos de alimentos, microorganismos, jabones, o sustancias químicas diferentes al agua que se considera apta para consumo humano. Las aguas de composición
variada provenientes de las descargas de usos municipales, industriales, comerciales, agrícolas, pecuarios, domésticos y en general de cualquier otro uso. Las aguas de
composición variada provenientes de las descargas de usos municipales, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, pecuarios, domésticos, incluyendo fraccionamientos
y en general de cualquier otro uso, así como la mezcla de ellas.

Aguas Pluviales: Aquellas que provienen de lluvias, se incluyen las que provienen de nieve y granizo.

Alcantarilla: Paso de los cursos de ríos, arroyos u otros cuerpos de agua a través de tuberías o secciones que permitan su circulación, usualmente empleadas debajo de un
camino o carretera.

Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos
vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados.

Andadores al Mar: Se refiere al lugar por donde se puede transitar a pié o facilitar el paso de personas hacia la zona colindante con la playa y el litoral.

Anidación: Es el proceso que realizan algunos organismos de desplazarse a sitios adecuados para construir un nicho con diversos materiales y ahí depositar sus huevos.

Aprovechamiento: Política ambiental que promueve la permanencia del uso actual del suelo y/o permite cambios mayores del paisaje. Promueve la continuación del uso actual
y/o induce la ocupación del mismo de manera sustentable, según su aptitud natural, social y económica.

Aprovechamiento Sustentable: Es la utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y el límite de cambio aceptable (capacidad de
carga), de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos para satisfacer las necesidades de la población por períodos indefinidos.

Área de Desplante: Es la superficie total de una construcción sobre el terreno, donde se ha eliminado su cubierta vegetal original, para edificar, tomándose en cuenta
únicamente la planta baja.

Áreas Naturales Protegidas: Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han
sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas a algún régimen de los previstos por la
LGEEPA.

Area Sujeta a Compensación Ambiental: Cualquier superficie de terreno que sea destinada a mantener o a la recuperación de sus condiciones originales, dentro o fuera de la
propiedad privada, en compensación o pago por violaciones a lineamientos y los daños causados en las áreas que se desea desarrollar con fines productivos.

Área Turística: Zona destinada a la recreación, alojamiento, alimentación, visitas a lugares de importancia histórica, cultural y natural, etc., que cuenta con infraestructura
de servicios para atender a los visitantes o a los paseantes.

Área Urbana: Zona caracterizada por presentar asentamientos humanos concentrados de más de 15,000 habitantes. En estas áreas se asientan la administración pública, el
comercio organizado y la industria. Cuenta con infraestructura, equipamiento y servicios urbanos, tales como drenaje, energía eléctrica, red de agua potable, escuelas,
hospitales, áreas jardinadas, diversión etc.

Arribo de Tortugas: Se refiere al retorno de las tortugas marinas a las playas, generalmente, donde nacieron para realizar el proceso de anidación.

Atracadero: Lugar donde pueden arrimarse a tierra las embarcaciones menores. Se considera una embarcación de pequeño calado a aquella que no rebasa 1m de tirante
sumergido.

Asentamiento Humano: El establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando
dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lo integran.

Banco de Préstamo de Material: Lugar destinado a la extracción de minerales de distinto tipo (calizos, etc) empleados en las actividades humanas.

Berma: Es el nombre que se le da a aquella formación, posterior a la zona intermareal, que tiene la playa arenosa donde ha habido efecto de erosión por marea. Su
característica es un corte vertical.

Biodiversidad: La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los
complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

Biotecnología: Toda aplicación tecnológica que utilice o manipule recursos biológicos, organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o
procesos para usos específicos.

Bloqueadores y Bronceadores Biodegradables: Sustancia cosmética empleada para estimular la producción de melanina para la protección de la piel ante la exposición al sol, o
bien para que la piel adquiera un color de mayor intensidad por la acción del mismo. Estos productos son finalmente degradados por acción de causas naturales.

Buceo: Son las actividades subacuáticas deportivo-recreativas realizadas con aparatos y equipo básico, para visitar el fondo marino o de cuerpos de aguas continentales.

Buceo Autónomo: Actividad subacuática en la que la inmersión se realiza a profundidades y tiempos mayores a la capacidad de oxigenación humana, por lo que se hace necesario
el uso de equipo de respiración autónomo.

Buceo Libre: Actividad en la que una persona combina la natación y la observación de la vida silvestre subacuática sin auxilio de aparatos de respiración autónoma.

Cacería Comercial: La actividad que consiste en la búsqueda, persecución o acecho de ejemplares de fauna silvestre con fines de su comercialización al público en general.

Cacería Deportiva: La actividad recreativa que consiste en la búsqueda, persecución o acecho, para dar muerte a través de medios permitidos a un ejemplar de fauna silvestre
cuyo aprovechamiento haya sido autorizado, con el propósito de obtener una pieza o trofeo.

Calado: Porción del tirante sumergida de la borda a la quilla de una embarcación.

Camino Costero: Vía de comunicación sin pavimentar, ubicada en la zona litoral cerca o dentro de las dunas y/o rellenos de manglar o zonas inundables.

Camino Lateral: Toda vía de comunicación que se ubica paralela a una vía más rápida y que generalmente tiene la función de facilitar la desaceleración de los vehículos, para
su acceso a la red vial residencial.

Camino Rural: Camino no asfaltado, o de terracería.

Camino Vecinal: Camino que comunica en el campo dos o más poblados.

Campamento de Construcción: Construcción temporal donde vive el personal que trabaja en la construcción de un desarrollo.

Campamento Tortugero: Instalaciones ubicadas en áreas cercanas a sitios de desove de tortugas marinas, en donde el sector gubernamental, instituciones educativas,
organizaciones no gubernamentales (ONG), grupos de inversionistas, o asociaciones civiles, realizan actividades de protección y conservación de las nidadas de tortugas
marinas.

Campismo: Acción de establecerse de manera temporal en espacios naturales, al despoblado con fines recreativos o de descanso, generalmente se emplean tiendas de campaña o
se pueden establecer ecoalojamientos que reduzcan a su mìnima expresiòn el impacto negativo de las obras sobre los ecosistemas, sus componentes y su dinàmica tanta a nivel
local como subregional y regional.

Capacidad de Carga del Ecosistema: Estimación de la tolerancia de un ecosistema al uso o modificación de sus elementos estructurales y funcionales, de tal manera que no
rebase su capacidad recuperarse (volver a su condición de clímax) en el corto plazo sin la aplicación de medidas de restauración o recuperación para restablecer el equilibrio
ecológico.

Captura: La extracción de ejemplares vivos de fauna silvestre del hábitat en que se encuentran, para su traslado temporal o definitivo.

Carretera, Camino: Vía pública de jurisdicción federal situada en las zonas rurales y destinada principalmente al tránsito de vehículos (Reglamento de Tránsito en Carreteras
Federales. Título 1)

Casa Habitación: Edificio destinado a la vivienda, en el que vive un individuo o una familia, de forma aislada o concentrada.

Caudal subterráneo: Corriente de agua que fluye bajo la superficie del suelo.

Cenote: Exposición del manto freático por el derrumbe del domo o techo cárstico generalmente de forma circular. Son característicos de la Península de Yucatán.

Centros de Población: Las áreas constituidas por las zonas urbanizadas, las que se reserven a su expansión y las que se consideren no urbanizables por causas de preservación
ecológica prevención de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro de los límites de dichos centros, así como las que por resolución de la autoridad
competente se provean para la fundación de los mismos.

Cobertura Vegetal Original: Área de la superficie del suelo, que no ha sido alterada como producto de la acción del hombre.

Colecta: La extracción de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre del hábitat en que se encuentran.

Combustible: Toda sustancia que al arder libera energía calorífica. Son ejemplos la madera, el carbón mineral, el petróleo, el metano, etc.

Compuestos Organoclorados: Toda sustancia química orgánica cuyas moléculas contienen cloro. Algunos organoclorados como el DDT (dicloro-difenil-tricloroetano) son
potentes plaguicidas. Generalmente son de amplio espectro y persistencia en el ambiente.

Conservación: Política ambiental que promueve la permanencia de ecosistemas nativos y su utilización, sin que esto implique cambios drásticos en el uso del suelo. En esta
política se promueve mantener la estructura y procesos de los ecosistemas bajo un esquema sustentable de manejo de los recursos existentes.

Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico.

Contaminación visual: Degradación de los escenarios naturales, por la implementación de estructuras artificiales como: postes, torres de electricidad, edificios, anuncios
panorámicos, etc.

Contaminante: Toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier
elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural.

Contemplación de la Naturaleza: Actividad turística asociada a la observación e interpretación de espacios naturales, incluyendo la flora y fauna que en ellos habita, sin
causar impactos negativos en el entorno.

Contingencia Ambiental: Situación de riesgo, derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas y/o
población humana.

Control: Inspección, vigilancia y aplicación de las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este ordenamiento.

Cordón de Dunas: Serie dinámica de montículos arenosos en diversas etapas de estabilidad, de forma alargada y que se encuentra colindante con la costa marina baja y
arenosa.

Corredor Natural: Espacio de continuidad de ecosistemas que permite la conectividad entre áreas de conservación o protección mayores y aisladas por la modificación del
entorno. Estos espacios permiten los flujos genéticos entre poblaciones de vida silvestre y de materia y energía entre ecosistemas.

Cuña de Intrusión Salina: Llámese cuña de intrusión salina a la región trapezoidal subsuperficial de la zona costera en la cual el agua marina subyace al manto freático de la
zona penetrando en el continente.

Criterios Ecológicos: Los lineamientos obligatorios contenidos en la LGEEPA, para orientar las acciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico, el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la protección al ambiente, que tendrán el carácter de instrumentos de la política ambiental.

Cuarto Hotelero: Se define como cuarto hotelero tipo a la Unidad funcional de la estructura de un hotel destinada para el alojamiento temporal destinada a albergar a dos
personas con el máximo de un baño.

Cueva: Toda aquella cavidad subterránea, continental y marina, de origen natural o antropogénico.

DBP: Densidad Bruta Promedio. Es la densidad de habitantes por hectarea para una polìgono (Unidad de Gestion Ambiental) determinado con uso predominante para
asentamiento humano.

Depósitos de la Industria Petroquímica: Son aquellos depósitos e instalaciones asociadas destinados al manejo y almacenaje de combustible y otros derivados del petróleo en
cantidades suficientes para el abasto subregional o regional.

Derecho de vía: Franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de
comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaria, la cual no podrá ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino. Tratándose de carretera de dos cuerpos,
se medirá a partir del eje de cada uno de ellos.

Desalinización: Proceso mediante el cual se le retiran las sales disueltas al agua de mar.

Desarrollo Integral Sustentable: El manejo de los recursos naturales y la orientación del cambio tecnológico e institucional, de tal manera que asegure la continua
satisfacción de las necesidades humanas para las generaciones presentes y futuras.

Desarrollo Sustentable: El proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la
productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales,
de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

Desecación: Proceso mediante el cual se extrae la humedad. En el caso del presente documento se refiere al proceso del secado de los manglares y/o humedales, mediante el
relleno y compactación de terrenos.

Desequilibrio Ecológico: La alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la
existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos.

Desfosforización: Acción de quitar el fósforo de las aguas residuales.

Desnitrificación: Proceso cuyo objetivo es eliminar ciertos productos como es el ácido nítrico, y otros compuestos.

Desove: Parte del proceso de anidación en el que el organismo deposita sus huevos.

Desulfonación: Acción de remoción de los sulfatos en las aguas residuales.

Disolución Kárstica: Es el proceso mediante el cual las rocas calizas son disueltas por acción del agua pluvial provocando la infiltración de ésta al manto freático. A partir
de estos procesos se forman cenotes, dolinas y cavernas.

Dolina: Depresión de forma ovalada y contorno sinuoso de pequeñas dimensiones.

Dragado: Proceso de mantenimiento o incremento con el uso de una draga, de los puertos de mar, los ríos, etc.

Drenaje: Acueducto subterráneo o sumidero, para las aguas residuales o de lluvia. Nombre que se le da al procedimiento para conducir los residuos líquidos de una instalación,
edificio, construcción, desarrollo, etc.

Drenaje Doméstico: Sistema mediante el cual se eliminan las aguas residuales de las casas habitación o residenciales de mayores dimensiones.

Drenaje Sanitario: Conjunto de cañerías y recolectores que se emplean para facilitar la descarga de los desechos sanitarios, hacia los sitios para su tratamiento y
disposición final.

Eclosión: Proceso mediante el cual las crías de los organismos ovíparos rompen el cascarón y salen del huevo.

Ecología: Ciencia que estudia las relaciones existentes entre los organismos y el medio; se define como el estudio de la estructura y función de la naturaleza.

Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados.

Ecosistema Excepcional: Es la unidad natural en la cual están representadas el medio físico abiótico y el medio biótico, en donde se pueden apreciar las características
originales del mismo.

Ecosistema Vulnerable (de alto valor escénico): Es una unidad natural en la cual los elementos que lo integran, sean éstos bióticos o abióticos presentan una gran fragilidad
estructural o funcional, ante la presencia de fenómenos naturales o promovidos por el hombre.

Educación Ambiental: Actividades que tienen como objetivo despertar la conciencia del público sobre la importancia de la conservación, protección y buen manejo de los
recursos naturales. Puede darse a través de cursos formales, talleres, seminarios, visitas de campo, grupos de discusión, observación de la naturaleza con explicación del
fenómeno, proceso o especie observada, videos, sonidos, etc.

Equipamiento: Componente de la estructura de un asentamiento humano que está formado por el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario, edificios y
espacios, en los que se realizan actividades complementarias a las de habitación y trabajo, o bien, en lo que se proporcionan a la población servicios de bienestar social y de
apoyo a las actividades económicas, culturales y recreativas.

Equilibrio Ecológico: La relación de interdependecia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y
demás seres vivos.

Equipos Acuáticos Motorizados: Todo tipo de vehículo que sirva para el transporte acuático de personas. Ejemplo: Jetskys, lanchas con motor fuera de borda, wave runners,
etc.

Elemento Natural: Los elementos físicos, químicos y biológicos que se presentan en un tiempo y espacio determinado sin la inducción del hombre.

Embarcaciones Mayores: Se considera una embarcación de gran calado, aquella que rebasa 3m de tirante sumergido.

Embarcaciones Medianas: Se considera una embarcación de mediano calado a aquella que cuyo tirante sumergido sea menor a 3m.

Embarcaciones Menores: Se considera una embarcación de pequeño calado, aquella que no rebasa 1m de tirante sumergido

Emergencia Ecológica: Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que al afectar severamente a sus elementos, pone en peligro a uno o varios
ecosistemas.

Emisión Atmosférica: Mezcla de partículas y humos contaminantes que se emiten a la columna de aire, por los procesos industriales y vehículos automotores, entre otros.

Energía alternativa: Sistema de generación de energía con base en el aprovechamiento de la luz solar, de la energía de las mareas, viento o la quema de basura.

Escurrimientos pluviales: Cualquier corriente superficial de agua que se forma durante la presencia de una lluvia fuerte.

Especie: La unidad básica de clasificación taxonómica, formada por un conjunto de individuos que presentan características morfológicas, etológicas y fisiológicas similares,
que son capaces de reproducirse entre sí y generar descendencia fértil, compartiendo requerimientos de hábitat semejantes.

Especie Amenazada: La que podría llegar a encontrarse en peligro de extinción si siguen operando factores que ocasionen el deterioro o modificación del hábitat o que
disminuyan sus poblaciones. En el entendido de que especie amenazada es equivalente a especie vulnerable.

Especie Nativa: Conjunto de individuos que comparten semejanzas entre sí y que son propios de cierta área geográfica.

Especie en Peligro de Extinción: Es una especie o subespecie cuyas áreas de distribución o tamaño poblacional han sido disminuidas drásticamente, poniendo en riesgo su
viabilidad biológica en todo su rango de distribución por múltiples factores, tales como la destrucción o modificación drástica de su hábitat, restricción severa de su
distribución, sobreexplotación, enfermedades, y depredación, entre otros.

Especies ó Poblaciones Exóticas: Aquellas que se encuentran fuera de su ámbito de distribución natural, lo que incluye a los híbridos y modificados.

Especies ó Poblaciones Nativas: Aquellos pertenecientes a especies silvestres que se encuentran dentro de su ámbito de distribución natural.

Especie Rara: Aquélla cuya población es biológicamente viable, pero muy escasa de manera natural, pudiendo estar restringida a un área de distribución reducida, o hábitats
muy específicos.

Especie Sujeta a Protección Especial: Aquélla sujeta a limitaciones o vedas en su aprovechamiento por tener poblaciones reducidas o una distribución geográfica restringida,
o para propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de especies asociadas.

Espeleobuceo: Es la practica del buceo autónomo en el interior de cenotes, cavernas y cuevas inundadas.

Espeleología: Disciplina encargada del estudio de las cavernas y otras cavidades naturales, de su origen y evolución, flora y fauna, así como de los medios y técnicas
adecuadas para su exploración.

Estudio de Riesgo Ecológico: Evaluación que permite predecir los efectos negativos que se pueden generar en los ecosistemas como consecuencia de la implementación de
alguna actividad productiva.

Estructura Temporal: Estructura de vida útil corta, construida con materiales naturales cuyas características permiten su remoción total e impactos mínimos en el sitio
donde se construyen. Son ejemplos: los asoleaderos, las palapas, etc

Excursionismo (senderismo): Recorridos por diversos terrenos que no superen los 4000 m sobre el nivel medio del mar, en los cuales no se requiere aplicar técnicas de
escalada sobre nieve, hielo o roca.

Fauna y Flora Endémicas: Es aquella especie o subespecie, cuya área de distribución natural se encuentra únicamente circunscrita al área que queda comprendida dentro de la
zona sujeta a estudio, para efecto de este documento se habla de la Zona Continental del Municipio de Isla Mujeres y sus aguas circundantes.

Fauna Doméstica: Conjunto de organismos asociados al ser humano, los cuales le brindan algún beneficio directo o indirecto.

Fauna Nociva: El conjunto de organismos que pueden ser vectores de enfermedades a los humanos o daños a sus bienes o biota asociada, y que generalmente acompañan al
hombre por lo que se pueden encontrar en residencias, hoteles e industrias: algunos ejemplos son: las moscas, moscos, hormigas, chinches, cucarachas, termitas, arañas,
escorpiones, ácaros y roedores.

Fauna Silvestre: Las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se
encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación.

Fenómeno Hidrometeorológico: Fenómeno natural relacionado con la presencia de vientos muy fuertes que se mueven en rotación como un torbellino, describiendo grandes
círculos, su diámetro aumenta a medida que se avanza apartándose de la zona tropical en donde tienen su origen. (huracanes, trombas, chubascos, inundaciones, etc.).

Flora Silvestre: Las especies vegetales así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las
poblaciones o especímenes de estas especies que se encuentran bajo control del hombre.

Flujo Laminar: Flujo que corre describiendo trayectorias rectas, horizontales y paralelas entre sí, manteniendo la misma velocidad y dirección.

Ganadería Estabulada: Acción de alimentar, cuidar y mantener al ganado en el establo o en una construcción similar y apropiada. Meter al ganado en el establo.

Generación de Biomasa: Es la producción de energía a partir de la descomposición de la materia orgánica.

Guía Especializado: Es la persona capacitada en el manejo de grupos de turistas y con una o más especialidades de la actividad turística, respecto al ambiente marino o
terrestre.

Guía de Turistas: La persona física que proporciona al turista nacional o extranjero orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de
atractivos relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia.

Hábitat: El sitio específico en un medio ambiente físico, ocupado por un organismo, por una población, por una especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado.

Humedales: Extensiones de marismas, pantanos o turberas cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes,
dulces, salobres o saladas incluyendo las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no sea mayor a seis metros, comprendiendo así mismo las zonas ribereñas
o costeras adyacentes, así como islas o extensiones de agua marina con profundidad mayor a seis metros en marea baja cuando se encuentren dentro del humedal. Bajo este
concepto se incluye a los manglares, popales, cenotes, petenes, akalchés, espadales, etc. Las zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen
áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas, como pantanos, ciénagas y marismas, cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación
hidrófila de presencia permanente o estacional; las áreas en donde el suelo es predominantemente hídrico; y las áreas lacustres o de suelos permanentemente húmedos,
originadas por la descarga natural de acuíferos.

Humedal Artificial: Sistema de tratamiento de aguas residuales por medio de la construcción de fosas impermeabilizadas de block y concreto, en donde el agua es canalizar y
clarificada por medio del sistema radicular de plantas adaptadas a zonas sujetas a inundación, así como por bacterias y hongos del suelo. El proceso incluye la extracción de
nutrientes esenciales para el aumentar la biomasa de las especies clarificando el agua, misma que posteriormente puede ser empleada para riego de áreas verdes.

Humedales Costeros: Las zonas de transición entre aguas continentales y marinas cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación halófita-hidrófita con presencia
permanente o estacional, en áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas, tales como bahías, playas, estuarios, lagunas costeras,
pantanos, marismas y embalses en general.

Impacto Ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.

INAH: Instituto Nacional de Antropología e Historia.

INE: Instituto Nacional de Ecología.

Industria Ligera: Incluye sectores que se caracterizan por producir bienes de consumo final no duraderos, intermedios e intensivos en mano de obra. Ejemplos: agroindustria,
muebles, artículos de decoración, cuero procesado y calzado, textil y confección, manufactureras de plástico, químico-farmacéutica y material de construcción.

Infraestructura: Conjunto de obras mayores de ingeniería y fuentes de energía que dan soporte a la movilidad y funcionamiento de las actividades productivas, haciendo
posible el uso del suelo, la accesibilidad, el transporte, el saneamiento, el encauzamiento y distribución de agua y energía, las comunicaciones telefónicas, etc, fuera de
asentamientos humanos.

INP: Instituto Nacional de la Pesca.

Investigación Científica: Actividad basada en el método científico que permite confiar en los resultados y evaluarlos en casos necesarios. Normalmente es desempeñado por
personas con entrenamiento científico o como parte del proceso de aprendizaje.

Lago o Laguna: El vaso de propiedad federal de formación natural que es alimentado por corriente superficial o aguas subterráneas o pluviales, independientemente que dé o
no origen a otra corriente, así como el vaso de formación artificial que se origina por la construcción de una presa.

Laguna Arrecifal: Cuerpo de agua marino tropical delimitado por arrecifes que crecen adyacentes y paralelos a la línea de costa. Dentro de estos sistemas se mantienen
condiciones en el agua de temperatura alta, corrientes lentas, oleaje moderado, gran transparencia y bajo contenido en nutrientes.

Laguna Costera: Cuerpos de agua protegidos que tiene un acceso limitado al mar. Depresiones por debajo de la media de marea alta, que mantienen conexiones con el mar, ya
sea de manera temporal o permanente.

Letrina: Retrete, lugar destinado en las casas para evacuar los excrementos.

Letrina Seca: Sistema para la disposición de excretas humanas que separa la materia fecal de la orina, a fin de producir una descomposición aeróbica de la primera, sin gasto
de agua ni producción de malos olores.

Lixiviado: Líquido originado de la descomposición y deshidratación natural de la basura.

Manejo de Flora y Fauna: Cualquier tipo de manipulación de especies vegetales y animales silvestres nativas; esto incluyendo su reproducción, comercialización y transporte.
En el marco del ordenamiento ecológico debe entenderse como el establecimiento de unidades de manejo sustentable (UMAS) como viveros, cultivos, criaderos o áreas de
protección cuyos propósitos principales son aprovechar y conservar las especies locales, sobre la base del conocimiento biológico tradicional, información técnica, científica
y económica, con el objetivo de hacer un aprovechamiento sustentable de las especies.

Manglar: Comunidad vegetal cuya estructura està determinada por la predominancia de "mangles"; arbustos o árboles halófilos tropicales de hoja perenne, algo suculenta y de
borde entero de las especies Rhizophora mangle (mangle rojo), Avicennia germinans (mangle negro), Laguncularia racemosa (mangle blanco) y Conocarpus erecta
(botoncillo). Prospera principalmente en las orillas de las lagunas costeras, de bahías protegidas y desembocaduras de ríos, en donde hay influencia de agua de mar.

Manifestación de Impacto Ambiental: El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una
obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.

Manto Freático: Acuífero localizado a poca profundidad del suelo, que eleva su nivel en época de lluvias y lo disminuye en la de sequía.

Marina: Instalación asociada al muelle que sirve para atracar, dar mantenimiento y resguardo a embarcaciones de pequeño calado. La marina puede instalarse tanto en el
entorno marino como en el terrestre.

Material Genético (germoplasma): Todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo, que contenga unidades funcionales de herencia.

Materiales Calizos: Suelo, subsuelo o roca madre que se encuentra constituida de carbonato de calcio, típica de la Península de Yucatán.

Material Peligroso: Elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la
salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas.

Mogotes: Formaciones semejantes a islas formadas principalmente de manglar, estas formaciones vegetales inician el proceso de consolidación de sustratos en las zonas
inundables.

Monitoreo: Acción de dar seguimiento a procesos determinados a partir de una base o punto de comparación. Ejemplo, cambios en la salinidad del agua en el subsuelo, cambios
en la población de alguna especie, cambios en la estructura de los ecosistemas, etc. Algunos aspectos del monitoreo se enfocan a los cambios en las condiciones químicas,
otros a las condiciones físicas y otros más a las biológicas. Normalmente se predeterminan tanto los indicadores como los parámetros.

Muelle: Obra de material permanente (piedra, hierro y/o concreto) construida a la orilla del mar y que sirve para facilitar el embarque y desembarque de productos y
personas, para abrigo de las embarcaciones y protección del área del puerto.

Muelle Rústico: Obra de material no permanente (estructura de madera, cabezales, largueros y cubiertas). Su operación no implica obras de alteración del contorno costero
como dragados, rellenos, muros perimetrales de protección ni servicios de apoyo.

Número Desarrollable de Cuartos: Se obtiene de multiplicar la densidad de cuartos asignada a la unidad de gestión ambiental por la superficie total.

Ordenamiento Ecológico: El instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la
protección del ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las
potencialidades de aprovechamiento de los mismos.

Oxidación Térmica: Destrucción de desechos sin peligro, con toda seguridad y eficientemente, el cual consiste de un incinerado colocado dentro de una cámara para la post-
combustión. El diseño deberá ser de acuerdo a las especificaciones que garantizan la reducción al mínimo de las emisiones contaminantes que resultan de la propia quema de
desechos. Dicho incinerador se complementa con equipos de accesorios que permiten controlar la emisión de contaminantes hasta en un 99.99%.

Paso de Agua: Tramo de un cauce, con fondo firme, llano y poco profundo por el que se puede pasar fácilmente.

Pesca Comercial: Es aquella que se realiza con fines de comercialización.

Pesca Deportiva: Es aquella que se realiza con fines recreativos, asociada generalmente al turismo.

Pesca de Liberación (Catch and release): Modalidad de la pesca deportiva en la que la presa es liberada luego de obtener el registro de captura.

Pesca de Subsistencia: Esta actividad envuelve la captura de escama y otros productos del mar, que habrá de ser consumido por una familia o grupo de personas relacionadas
con el pescador, en el mismo día.

Plan de Manejo: El documento técnico operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre sujeto a aprobación de la Secretaría, que describe y
programa actividades para el manejo de especies silvestres particulares y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito en función del hábitat y las poblaciones.

Plataforma flotante: Cualquier estructura flotante y móvil en el agua, sobre cuyo piso se puede reunir cierta variedad de mercancía, servicios y actividades recreativas.

Planta de Tratamiento de Agua Residual: Es el conjunto de instalaciones en el cual se hace acopio de aguas residuales de diferente origen (habitacional, industrial, turístico)
para su posterior tratamiento, con miras a mejorar su calidad para su reuso.

Polvos Fugitivos: Conjunto de partículas de tierra seca y otros materiales que es arrastrada fácilmente por el viento.

Pozo Artesiano: Pozo para extraer agua construido de manera artesanal.

Pozo de Absorción: Pozo que debe perforarse más allá de las capas impermeables para el desalojo del agua previamente tratada.

Preservación: El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como
conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitats naturales.

Prevención: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro del ambiente.

Proceso de Transporte Litoral: Mecanismo por medio del cual el arrastre de partículas por acción de las corrientes marinas, puede contribuir a la formación o desintegración
de la zona litoral.

Proceso Geohidrológico: Llámese a aquellos fenómenos en los cuales la interacción entre la estructura geológica de una zona y el componente hidrológico de la misma define
interacciones y dinámicas característicos de dicha interacción (ejem. Karstificación, disolución, cementación, acreción, etc).

PROFEPA: La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Protección: El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro. Política ambiental que promueve la permanencia de ecosistemas nativos que
por sus atributos de biodiversidad, extensión, particularidad o servicios ambientales merezcan ser preservados, y en su caso, incluidos en Sistemas de Áreas Naturales
Protegidas en el ámbito federal, estatal o municipal.

Recreación: Actividad realizada en el tiempo libre, orientada al esparcimiento, la práctica de algún deporte o el conocimiento de lugares, gentes y fenómenos, naturales,
culturales e históricos de interés.

Recursos Biológicos: Los recursos genéticos, los organismos o partes de ellos, las poblaciones, o cualquier otro componente biótico de los ecosistemas con valor o utilidad
real o potencial para el ser humano.

Recursos Genéticos: El material genético de valor real o potencial.

Recurso Natural: El elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio del hombre.

Recurso Natural no Renovable: Aquellos cuya velocidad de reproducción es mucho menor que la velocidad de consumo.

Recurso Natural Renovable: Aquellos que se producen (o reproducen) más rápido o a la misma velocidad con que se consumen.

Reserva Territorial: Espacios destinados con antelación para el crecimiento de las ciudades, que permiten la ampliación regulada de la macha urbana ocupando los espacios
vacíos y mejorando la infraestructura instalada.

Residuo: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no
permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.

Residuo Biológico-Infeccioso: Es el que se genera en establecimientos de atención médica, que contiene bacterias, virus u otros microorganismos con capacidad de causar
infección o que contiene o puede contener toxinas producidas por microorganismos que causan efectos nocivos a seres vivos y al ambiente.

Residuo Sólido: Material de desecho que proviene de actividades que se desarrollan en casas-habitación, sitios y servicios públicos, demoliciones, construcciones,
establecimientos comerciales y de servicios, y que no están incluidos dentro de las categorías de industriales y biológico-infecciosos.

Restauración: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales.

SCT: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SCPP: Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera

SCPE: Sociedad Cooperativa de Producción Escamera

SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SECTUR: La Secretaría de Turismo.

Sentinas: Compartimientos de las embarcaciones cuya función es la de mantener el equilibrio y un determinado nivel de flotación a través de la entrada y salida de agua.

Servicios de Azotea: Son aquellos que requieren de instalaciones en la azotea para el funcionamiento del desarrollo; tales como: cubo del elevador, instalaciones de aire
acondicionado, chimeneas, depósitos de agua y antenas de comunicación.

SIMAP: Secretaría de Infraestructura, Medio Ambiente y Pesca.

Sitio Arqueológico: Área que comprende varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en que se presume su existencia.

Situación de Emergencia: Para anclaje de embarcaciones, se aplica a aquellas que por razón de fuerza mayor no pueden anclar en otro lugar fuera de la zona sujeta a
Ordenamiento. Ejemplos de emergencia son: presencia de fenómenos
hidrometeorológicos, tripulantes enfermos que requieran atención médica inmediata, alguna avería que impida el movimiento hacia otro sitio ó para el rescate de personas.

Sitios de Recarga del Acuífero: Cualquier punto dentro de la geografía de una región en donde existan las facilidades para que el agua de lluvia se pueda percolar hasta
alcanzar las capas profundas del subsuelo y contribuir a la formación de un manto freático.

SSS: Sociedad de Solidaridad Social.

Tala: Corta de árboles.

Terracería: Camino de tierra y piedras. Tierra acumulada en terraplenes.

Turismo Alternativo: Aquella modalidad turística ambientalmente responsable, consistente en viajar o visitar áreas naturales relativamente sin disturbar con el fin de
disfrutar, apreciar y estudiar los atractivos naturales (paisaje, flora y fauna silvestres) de dichas áreas, así como cualquier manifestación cultural (del presente y del
pasado) que puedan
encontrarse allí, a través de un proceso que promueve la conservación, tiene bajo impacto ambiental y cultural y propicia un involucramiento activo y socieconómicamente
benéfico de las poblaciones locales (UICN, 1983).

Turismo con restricciones: Permite el aprovechamiento mediante la implementación de facilidades turísticas mínimas construidas con materiales de origen natural y de
permanencia no prolongada.

Turismo de Aventura: Es una forma de hacer turismo en el que se incluyen diferentes actividades deportivo-recreativas en diferentes niveles de riesgo, en donde se participa
de la armonía con el medio ambiente, respetando el patrimonio natural, cultural e histórico.

UMA: Sigla de Unidades de conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la vida Silvestre. Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con
un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen.

Unidad Ambiental: Las áreas en las que están zonificados polígonos del área sujeta a Ordenamiento, definidas por rasgos geomorfológicos y ecológicos específicos,
georeferenciados, en condiciones de homogeneidad.

Usuario(s): Todas aquellas personas que por sí mismas o por medio de algún prestador de servicios, con la debida autorización ingresan a algún polígono específico dentro del
área sujeta a Ordenamiento para realizar actividades recreativas, de investigación, de educación ambiental, de monitoreo y vigilancia.

Vegetación Acuática: Vegetación que se desarrolla en las vegas de los ríos, en masas de agua de diferentes extensiones, a la orilla del mar, etc.

Vegetación de Duna Costera: Conjunto de plantas herbáceas o arbustivas, halófitas, que se desarrollan a la orilla del litoral, generalmente sobre suelos arenosos.

Vegetación Perturbada: Vegetación que crece espontáneamente en terrenos que han sido desmontados con fines de llevar algún aprovechamiento.

Vegetación Nativa: Ver especies nativas.

Villa Ecoturística: Se define como Villa Ecoturística aquella casa habitación de tipo residencial que se ubica fuera de los límites urbanos de los centros de población que
determinen los planes de desarrollo urbano municipales, los lotes deberán tener como mínimo una superficie de una hectárea, condicionados a los criterios ecológicos del
presente ordenamiento. Se permite la concentración de dichas villas en la propiedad, más no la subdivisión de la misma.

Villa Residencial Turística: Se define como Villa Residencial Turística aquella casa habitación de tipo residencial que se ubica fuera de los límites urbanos de los centros de
población, los lotes deberán tener como mínimo una superficie 1000m2, y su construcción estará condicionada a los criterios ecológicos del presente ordenamiento.

Vocación Natural: Condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecológicos.

Zona Costera: Sitio ubicado en la cercanía del litoral.

Zonificación: Sistema mediante el cual se divide la zona sujeta a Ordenamiento Ecológico en áreas geográficas específicas, para las que se definen las actividades y usos
permisibles, así como la intensidad y rango de los mismos, en atención de las características de dichas áreas y a sus necesidades de protección.